TEOLOGÍA INDÍGENA
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Las mensajeras

Cartas del Provincial de los Dominicos,
fray Alonso de Loaysa,
a sus frailes de Santo Domingo
después de los sermones de Antón de Montesinos.
Y la cédula real a Diego Colón de 20 de marzo de 1512.


Supongo que ya tenéis conocidos

Texto de la primera carta

Mensajera del Provincial de los dominicos
para el Vicario general que esta en las Yndias
sobre lo de los sermones.
(16 de marzo de 1512)

Reverendo pr. Vicario general:

Mucho he deseado saber de vuestra salud y de todos esos padres religiosos y ser informado de las cosas de allá, porque acá me han dado unas nuevas las cuales me han penado mucho, como por esa carta veréis.

Y maravíllome de vuestra prudencia consentir predicar tales cosas que eran impedimento de conseguir el fin deseado, por el cual tomasteis trabajo tan crecido de ir a esas partes. Eso es, la conversión de los infieles a la fe de Jesucristo y el aprovechar a las ánimas. Por el cargo que tenéis esto es lo que os incumbe.

Yo os ruego y os encargo y os mando que lo pasado se remedie todo lo posible, y que no consintáis más predicar sobre esta materia de tal manera que venga el escándalo. Así haréis lo que como buen religioso y buen prelado y como hijo de obediencia estáis obligado.

Y con esto os encomiendo la religión, y concierto y paz y sosiego de todo.

Y escribidme largo de todo por la primera oportunidad que se os ofreciere, y como tengo confianza en vuestra virtud no me alargo más.

Que el Señor tenga vuestra religiosa y venerable persona a su servicio.

De nuestro Convento de San Pablo de Burgos, a XVI de marzo de IUDXII.

Vester p. fart seru. frater Alfonsus de Loaysa por provincialis.


Texto de la segunda carta

Mensajera del Provincial de los dominicos
para el Pror. que esta en las Yndias,
sobre lo de los sermones.
(23 de marzo de 1512)

Venerabilis et intime pater:

Deseo saber de vuestra salud y viaje y quiénes son los que nuestro Señor se ha llevado de los que fueron en vuestra compañía, y cómo os halláis.

Y os ruego que sea larga vuestra carta cuando me escribierais de todo lo que experimentáis allá.

Acá me han hablado sobre ciertas cosas que un padre de los que allá estáis predicó, de donde provino de ello cosa que fue confusión de todos e impedimento para el negocio en que tanto habéis trabajado.

Mucho os ruego que trabajéis con estos padres en que cesen de predicar tales doctrinas, pues son escandalosas aún de tal condición que si se hubieran de cumplir no quedaría allí ningún cristiano. Y así, donde pensáis aprovechar, dañáis allá y acá, y acá ningún provecho se nos sigue.

En Ávila tienen elegido por procurador a vuestro hermano; no sé si podré con él que renuncie al Colegio.

Yo estoy bueno y vine aquí a la Corte para tomar asiento con los Padres de Piedrahita, en donde supe las nuevas de lo que allá habíais predicado, que infinita pena me dio, y habéis puesto [mancha] en vuestra fama y honra, que era harta según lo mucho en que acá erais estimado.

Vuestra madre es fallecida. ¡Cuánto Dios nuestro Señor a ello os obliga de nuestra confirmación, ya habréis sabido! Y [también] de la muerte de los padres fray Antonio de la Peña y fray Juan de la Septiembre qui dormierunt cum patribus suis.

Tened por muy cierto que a ningún fraile daré licencia para pasar allá hasta que el señor Gobernador me escriba de la enmienda que hubieseis hecho en este escándalo que por acá tanto ha sonado.

A todos esos padres pido ser encomendado. ¡Tenga nuestro Señor vuestra venerable persona en su servicio!

De nuestro convento de San Pablo de Burgos, 23 de marzo de 1512.

Vester e atque gratia paratus, Frater Alonsus de Loaysa por provincialis


Texto de la tercera carta

Mensajera del Provincial de los Dominicos
para los dominicos que están en las Yndias
de reprehensión.
(Sin fecha ni lugar)

Reverendi in Xto. Amantisimi paters::

El miércoles, que se contaron XVI de marzo de este presente año, estando en Burgos supe cómo los del Consejo del Rey nuestro señor proveían que a todos os trajeran a España y la causa por ciertas proposiciones que uno de vosotros predicó en daño de nuestra religión.

Pues tal afrenta se os intenta hacer en confusión de los que vinierais y de los que os esperamos acá.

Recibiréis muy grave la pena que nos habéis dado a todos, en ver que personas

tan religiosas y de letras como vosotros,

y con tanto celo y fervor de dilatar nuestra santa fe

y hacer tan acepto sacrificio a Dios

y a sus altezas señalado servicio

y a nuestra sagrada religión tanta honra

y a vuestras ánimas tan crecido merecimiento de obra y santo celo de las ánimas,

que ahora, por no mirar bien la sana doctrina y a tan gran fruto y provecho favorable, dieseis en vuestra predicación motivo a que todo esto se pierda y todo se estorbe y que toda la Yndia por vuestra predicación esté para rebelarse y que ni vosotros ni cristiano alguna pueda allá estar.

Mucho soy maravillado de ello y no sé a que lo atribuya, salvo "quod Sattanas qui seduxit Addam cuius invidia mors introivit in horbem (sic) terrarum qui etiam dispersit ea que Xpus Ihesus proprii sanguinis effucione congregat asidue eam sit divisionis caput et radix quedam forte indiscreta pietate corda nostra in simplicitate decepit et alia predicari subgessit.

...a no ser que Satanás, quien sedujo por envidia a Adán y así introdujo la muerte en el orbe de la tierra, y que incluso dispersó todo lo que Cristo Jesús con la efusión de su propia sangre reúne, sea frecuentemente fuente y raíz de división y, a causa de una cierta piedad indiscreta engañe nuestros corazones en tonterías y nos inspire predicar otras cosas

Y, además de esto, deberíais de acordaros de aquella tan saludable y necesaria doctrina que el maestro Vinvero [da] en el título De predicationibus, acerca de la modestia y templanza que ha de tener en sus sermones en el reprehender y [acerca de] las doctrinas que han de predicar y cómo han de ser muy circunspectos en su decir y sin escándalo et namque ponat os suum in celo aunque ponga ardor en sus palabras y otros [temas] semejantes, los cuales si vosotros bien miraseis, muchos errores y escándalos se evitarían.

Y aunque vuestras proposiciones se pudieran ver y fiar en otra materia, en este caso -si bien miráis- no hay lugar, ya que estas islas las ha adquirido su alteza iure belli y su Santidad ha hecho al Rey nuestro señor donación de ello, por lo cual hay lugar y razón de servidumbre.

Y aunque no fuese así, no habríais de predicar ni publicar tal doctrina sin consultarla primero acá con los del Consejo de su alteza y [con los del] Consejo del gobernador suyo que allá tiene. Y con acuerdo de todos decir aquello que más pacífico y provechoso fuese para todos, pues para el fruto de la predicación se requiere ganar y tener las voluntades de todos.

Y porque el mal no proceda adelante y tan gran escándalo cese, os mando a todos y a cada uno de vosotros en particular in virtute santi spiritus et sancte obedientie et sub pena comunicationis late sentencie quam contrafaziendo unica paterna canonica monitione premisa in hiis scriptis prs tribunali sedens proffero que ninguno sea osado predicar más en esta materia in n[omine]. p[atris]. et f[ilii]. et s[piritus]. s[ancti]. Amen.

...en virtud del santo espíritu y por [orden de] la santa obediencia y bajo pena de excomunicación late sententie, la cual pronuncio [sentado] en el tribunal, contra el que haga lo contrario, sólo previa una única paterna monición canónica enviada anteriormente en estos escritos

Y ya que tantos prelados de letras y conciencia y también nuestro muy Santo Padre lo permite, me parece que debéis submittere intelectum vestrum someter vuestro entendimiento con el mayor y más principal; Y también os mando que, con obras, procuréis sin notable afrenta vuestra enmendar lo pasado con toda prudencia y discreción de aprovechar a esas ánimas que perdidas estaban.

Y en esto haréis lo que debéis como religiosos e hijos de obediencia y cobraréis favor y voluntades de todos para poder perseverar y [para que] continuo aprovechar tenga nuestro señor, etc...

Bajo la misma pena, no hablen de esta materia a los que confesaren.

Vester pater

Servus frater Aloisius de Loaysa por provincialis.





Cédula Real
en respuesta al Almirante y Oficiales reales.

La primera que trata ampliamente de Cuba. De la manera de convertir a los indios. Elogios de Velázquez. En la misma carta se trata ampliamente de Fr. Ambrosio de Montesinos, dominico, que no quiso absolver a los que se fueron a confesar sin que primero pusieran a los indios en libertad

Don Diego Colón, nuestro Almirante, etc. y nuestros oficiales que residen en la dicha Isla Española.

Vi vuestras letras de quince de enero en que me hacéis saber la buena nueva que de Cuba vino, con la cual tuve mucho placer. Especialmente por ver que los indios que en aquella isla se habían convertido a nuestra santa fe católica tienen más capacidad e inclinación a las cosas de ella que no han tenido los de esa isla. Quiera nuestro Señor guiarlo todo como más él sea servido.

Y vosotros debéis de tomar muy especial cuidado de enderezar las cosas de aquella isla, ya que ahora se puebla nuevamente, como mejor viereis que se pueden encaminar para que los indios de ella vengan en conocimiento de nuestra santa fe católica y usen de ella como buenos y fieles cristianos.

Y me ha parecido muy bien lo que Diego Velázquez les ha hecho decir y que procura de hacerles entender a los indios: que él no ha ido allí sino para visitarlos de mi parte y para que conozcan el señorío y su providad que sobre ellos tenemos yo y la serenísima Reina, mi princesa muy querida y muy amada hija, y para convertirlos a nuestra santa fe católica.

Y deben continuar en tratarlos muy bien para ver si, tratándolos así, por ventura se inclinan más a las cosas de nuestra santa fe que tratándolos con alguna dureza como se ha hecho en esta isla y en San Juan. Pero esto se debe hacer de manera que ellos no tomen ningún atrevimiento para tener en menos a los cristianos de lo que los tendrían si los tratasen como en esa Isla Española. Y deben los cristianos cuidar siempre de andar muy sobre aviso para que los indios no tengan ocasión de hcer ningún desconcierto como se hizo en esta isla a los principios de su población y como así mismo pasó en la isla de San Juan

Y me ha parecido bien la manera (horden) cómo los religiosos que fueron con Diego Velázquez han comenzado a tener en la conversión de los indios de aquella isla, [y así] hasta tenerlos informados de las cosas de nuestra santa fe no les quieren dar el agua del bautismo, porque de esta manera, aunque no se bauticen tantos como se bautizarían, es de creer que habrá algunos mejores cristianos que hasta aquí. ¡Plegue a Nuestro Señor que así sea! Ninguna cosa deseo más que hallar un buen camino para que los indios vengan en conocimiento de las cosas de nuestra fe y usen de ellas como buenos y fieles cristianos.

Y porque esto es cosa de tanta importancia, como veis, y de tan nueva calidad, todo lo que se proveyera acerca de este tema (artículo) debe ser tomando vos, el almirante, para ello apelación de nuestros jueces, los que allá están y a nuestros oficiales que residen en esta isla.

Y avisándonos particularmente de lo que sobre todo [ello] proveyerais y [de lo que] os pareciese que desde acá se debe proveer. Y ya que tan buen cuidado y diligencia tuvisteis vos, el almirante, en proveer la ida de Diego Velázquez y vosotros, los oficiales, en solicitarlo, es mucha razón que vosotros trabajéis cuanto pudiereis por las mejores maneras que pudiereis, así para el servicio de nuestro señor como para el mío, para que haciéndolo así se os hagan mercedes por lo hecho y por lo que haréis de aquí en adelante.

Y por cierto que es mucha razón que con Diego Velázquez y con los que con él fueron (es mucha razón) se haga bien y que yo les haga mercedes y así tengo la voluntad de hacerlo en las cosas que buenamente haya lugar.

Sobre la reprehensión de los sermones de los dominicos fray Antonio MontesinosVi asimismo el sermón que decís que hizo un fraile dominico que se llama fray Antonio Montesinos y aunque él [es] siempre de predicar escandalosamente, me ha mucho maravillado en gran manera (de) decir lo que dijo, ya que para decirlo ningún buen fundamento de teología ni de cánones ni de leyes tenía, según dicen todos los letrados, y yo así lo creo.

Porque cuando yo y la Señora Reina, mi mujer, que gloria haya, dimos una carta para que los indios sirviesen a los cristianos como ahora les sirven, mandamos (a) juntar para ello a todos los de nuestro Consejo y [a] otros muchos letrados, teólogos y canonistas, y vista la gracia y donación que nuestro muy santo padre Alejandro Sexto nos hizo de todas estas islas y Tierras firmes descubiertas y por descubrir en esas partes, cuyo traslado autorizado irá con la presente, y las otras causas escritas en derecho y conforme a razón [que] para ello había, acordaron, en presencia y con el parecer del arzobispo de Sevilla, que era ahora que se debían (de ) dar y que eran conformes con el derecho humano y divino.

Pues por la razón que los legos pueden alcanzar ya vosotros (mismos) veis cuán necesario es que esto, la servidumbre que los indios hacen a los cristianos, esté ordenado tal y como está.

Mucho más me he maravillado de los que no quisieron absolver a los que se fueron a confesar si primero no ponían los indios en su libertad, ya que se los han dado por mi mandato. Y si algún cargo de conciencia pudiera en ello haber, que no hay, sería para mí y para los que nos aconsejaron que se ordenase lo que está ordenado, y no de los que tienen indios.

Y por cierto que fuera razón que usarais, tanto para el que predicó como para los que no quisieron absolver, de algún rigor, porque su yerro fue muy grande, con el fin de sosegar el pueblo y para que los indios no crean que aquello es así como aquellos decían. Porque, como vosotros (mismos) veis, este es negocio de mucho inconveniente para el bien de estas partes, visto que no estaba solo en el dicho error el que predicó, más aún otros de los frailes dominicos que en esta isla residen.

Todos los del consejo fueron del voto que os debían (enviar a) mandar que los metierais en un navío a todos ellos y los enviareis acá a su superior para que diesen razón (de lo) que les movió a hacer cosa de tan gran novedad y tan sin fundamento, y él los castigase muy bien como era razón.

Yo mandé hablar sobre ello con (el) su provincial (y) para más justificar la causa, y él y otros de estos reinos por él me suplicaron que yo mandase traerlos, ya que él [re]conoció muy bien que los dichos frailes no solamente merecían aquel castigo, mas otro muy mayor, certificándome que su yerro no había sido por exceso de caridad y por no estar informados de ninguna de las causas que nos movieron a mi y a la Reina (a) mandar dar los indios por repartimiento, o creyendo que no teníamos donación de esta isla y de las otras tierras de estas partes de nuestro muy santo padre, como la tenemos, o por no alcanzar tanto en la sagrada escritura como sería razón.

[Certificándome también] que luego que fuesen avisados por él [re]conocerían su falta y se enmendarían enteramente y remediarían lo que han dañado, y así les escribe (él) para que no prediquen más en esta materia ni hablen de ella.

Y yo, porque siempre tuve mucha devoción a esta Orden, no queriendo que en mi tiempo recibiesen alguna afrenta, tuve por bien que quedasen allá con la condición de que no hablen en el púlpito ni fuera de él, directa o indirectamente, más en esta materia ni en otras semejantes.

Por lo cual yo os mando que vos, el almirante, toméis con vos a Pasamonte y que los dos deis las dichas cartas al vicario general y a esos otros padres, y que les habléis de la mejor manera que allá os pareciese.

Y si tuviesen por bien de acordar con vos que ni ellos ni otros frailes de su Orden hablarían de esta materia ni de otras semejantes en el púlpito ni fuera de él en público ni en secreto, salvo para decir que si ellos habían estado en aquella opinión había sido por no estar informados del derecho que tenemos a esas islas y también por no saber las justificaciones que había para que esos indios no solamente sirvan como sirven, mas aun para tenerlos en más servidumbre, dejadlos estar en esta isla y ayudadlos y favorecedlos para que puedan hacer todo el fruto posible en estas partes en las cosas de nuestra fe.

Pero si, por ventura, no quisieran avenirse y a vosotros os pareciese que, dejándolos allá, continuarían en su mal propósito, por la mejor y más honesta manera que a vosotros os pareciese, enviadlos acá a su superior para que los castiguen en cualquier navío; y todo esto debéis hacerlo con toda diligencia, porque a cada hora que estén en esta isla, estando de esta dañada opinión, harán mucho daño para todas las cosas de allá.

Y por la mucha prisa de este despacho, no se os puede responder a todo lo que escribís. Con otro se os escribirá largamente respondiéndoos a todo.

Fecha en Burgos

a veinte días del mes de marzo de mil y quinientos y doce años

Yo, el rey

Por mandado de su alteza,

Lope Conchillos (señalada del obispo de Palencia)


 




Estos documentos se encuentran en
J.M. Chacón y Cueva


Cedulario Cubano (Los orígenes de la colonización)
Colección de documentos inéditos 
para la historia Hispanoamericana
Compañía Iberoamericana de Publicaciones
Madrid 1929, 427-431
Agradezco a Juan Luis Olives su colaboración para poder obtener estos documentos
Gracias por la visita
Miquel Sunyol
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